
Es común pensar en el Seguro Social como dinero que recibe durante la jubilación, pero el programa es mucho más amplio. A través de la Administración del Seguro Social, el gobierno proporciona pagos a cónyuges, hijos y personas con discapacidades, entre otros.
Aquí hay un vistazo más de cerca a algunos de los beneficios del Seguro Social que puede haber perdido.
1. Beneficios conyugales a través de un esposo o esposa

De todos los beneficios adicionales que ofrece el Seguro Social, beneficios conyugales puede ser el más conocido. Los cónyuges pueden recibir hasta la mitad del beneficio mensual de su esposo o esposa. Incluso los cónyuges que se quedan en casa sin su propio historial laboral pueden reclamar beneficios de esta manera.
Puede comenzar a reclamar beneficios conyugales a los 62 años, aunque los beneficios se reducen si los pagos comienzan antes de su plena edad de jubilación.
Las personas también pueden recibir beneficios conyugales a cualquier edad si están cuidando a un niño discapacitado o menor de 16 años y que recibe beneficios del registro del cónyuge.
Si tiene derecho a sus propios beneficios, así como a los beneficios conyugales, recibirá una cantidad igual al nivel de beneficio que sea mayor.
2. Beneficios conyugales a través de un excónyuge

Incluso si está divorciado, puede tener derecho a beneficios como cónyuge. Para recibir estos beneficios, todo lo siguiente debe aplicarse a su situación:
- Su excónyuge tiene derecho a recibir beneficios del Seguro Social.
- Estuvo casado por lo menos 10 años con su excónyuge.
- Ahora no está casado.
- Tienes al menos 62 años.
- El beneficio que tiene derecho a recibir basado en su propio trabajo es menor que el beneficio que recibiría basado en el trabajo de su excónyuge.
Reclamar beneficios conyugales como divorciada no afecta el monto del beneficio de su exmarido o exmujer. Tampoco afecta los beneficios que su cónyuge actual pueda recibir si se hubiera vuelto a casar.
3. Prestaciones de supervivencia para viudos y viudas

Si su esposo o esposa muere, es posible que aún pueda recibir hasta el 100% de sus beneficios de jubilación del Seguro Social. Los cónyuges divorciados también pueden recibir los beneficios de sobreviviente si estuvieron casados durante al menos 10 años y ahora no están casados.
Más las viudas y los viudos pueden comenzar a reclamar los beneficios de sobrevivientes a los 60 años. Aquellos que tiene una discapacidad y quedaron discapacitados antes o dentro de los siete años de la muerte de su cónyuge pueden comenzar a recibir beneficios a partir de los 50 años. Además, las viudas y los viudos o de cualquier edad pueden recibir beneficios de sobrevivientes si están cuidando a un hijo de un trabajador fallecido menor de 16 años o discapacitado.
Tenga en cuenta que si se vuelve a casar antes de los 60 años, o los 50 años si está discapacitado, no puede recibir estos beneficios para sobrevivientes. Al igual que con los beneficios para cónyuges, si recibe los beneficios de sobreviviente y comienza con sus propios beneficios de jubilación, recibirá el monto que sea mayor.
4. Prestaciones de supervivencia para los niños

Los cónyuges no son los únicos que tienen derecho a los beneficios de sobreviviente. Los niños pueden recibir pagos del registro de un padre fallecido también.
Los beneficios de sobreviviente están disponibles para niños hasta los 18 años, o los 19 años para aquellos que aún asisten a la escuela primaria o secundaria a tiempo completo. Los beneficios pueden extenderse más allá de eso si un niño queda discapacitado y permanece discapacitado antes de los 22 años.
Dependiendo de las circunstancias, los nietos y los hijastros también pueden ser elegibles para estos beneficios.
5. Beneficios para padres

Los padres que dependían de sus hijos para la manutención financiera pueden ser elegibles para recibir beneficios del Seguro Social en caso de que el niño fallezca.
Para ser elegible para Beneficios del Seguro Social para padres, debe cumplir con varios criterios, incluidos los siguientes:
- El trabajador fallecido debe tener suficientes créditos laborales para calificar para los beneficios del Seguro Social.
- Debe tener al menos 62 años y, en la mayoría de los casos, no puede haberse casado después de la muerte del trabajador.
- Debe haber recibido al menos la mitad de su manutención del trabajador fallecido en ciertos momentos.
- Usted es el padre natural o se convierte en el padre adoptivo o padrastro legal antes de que el trabajador cumpla los 16 años.
- No es elegible para un beneficio de jubilación del Seguro Social que exceda el beneficio de los padres.
6. Prestaciones por discapacidad

Más de 9 millones de personas recibir beneficios mensuales a través del programa de Seguro de Discapacidad del Seguro Social. Para recibir beneficios, las personas deben tener un historial laboral que los haga elegibles para el Seguro Social y no poder trabajar ahora debido a una condición médica que se espera dure al menos un año o termine en muerte.
El proceso para solicitar Beneficios por discapacidad del Seguro Social puede requerir que los solicitantes presenten una cantidad significativa de documentación. Para aquellos a quienes se les niegan los beneficios inicialmente, existe un proceso de apelaciones.
7. Ingreso de seguridad suplementario

Mientras que la Administración del Seguro Social supervisa Programa de Seguridad de Ingreso Suplementario, estos beneficios no provienen de los impuestos del Seguro Social. En cambio, el programa utiliza dólares de impuestos generales para brindar beneficios a adultos y niños con discapacidades, ceguera o ingresos y recursos limitados.
Comúnmente llamado SSI, este programa está destinado a brindar asistencia en efectivo para necesidades básicas como alimentos, ropa y vivienda. Dado que el programa se financia con los ingresos fiscales generales, hay sin requisito de historial laboral para recibir estos beneficios.
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